Hoy se anunció por parte del Ministerio de Defensa del Uruguay sobre una nueva ordenanza que permite el ingreso a las Fuerzas Armadas a personas con celiaquía. Vamos camino a la inclusión!
Texto expuesto por el Ministerio de Defensa Nacional
“Celíacos
.…Por otra parte, el ministro habló de una ordenanza que aprobó en las últimas horas, que elimina como prohibición para ingresar a todos los ámbitos de las Fuerzas Armadas, la condición de celíaco por parte de una persona. “Esas cosas que vienen de muchos años, quizás tuvieron explicación o pueden haber tenido explicación hace muchos años, pero los avances científicos y terapéuticos lo han resuelto. Hasta el día de hoy estaba prohibido que una persona que quisiera entrar en las Fuerzas Armadas como soldado, si era celíaco pudiera hacerlo”, explicó.
Agregó que “podría tener explicación en el pasado, pero hoy no tiene ninguna explicación. Que una persona no pueda comer harinas de trigo, avena, cebada y centeno no puede ser un impedimento en el mundo de hoy para desarrollar ninguna actividad de este tipo. Entonces, tomamos la decisión de eliminar a la celiaquía como impedimento para ingresar a las Fuerzas Armadas. Habíamos comenzado con las Escuelas de formación militar, que es donde se forman los oficiales, y lo extendimos a todo el personal militar y terminamos con una discriminación”, subrayó.
Dijo que se trataba de “una discriminación de esas que a veces pasa medio bajo ruido, una discriminación que pasa por lo que puede alimentarse uno. No puede ser de ninguna manera un impedimento para el desarrollo de una tarea laboral o profesional no poder comer harina. Es una cosa que en el siglo XXI es insólita y por eso la eliminamos”, puntualizó.”
Si quieres ver la Ordenanza completa:
Fuente: Texto publicado en: https://www.gub.uy/ministerio-defensa-nacional/comunicacion/noticias/ministerio-defensa-elimino-prohibicion-para-ingreso-celiacos-todos-ambitos
Foto: https://www.facebook.com/JavierGarciaUy/photos/pcb.3991310830956742/3991300650957760/
Montevideo, 07 de julio de 2021.